Ante la dificultad manifestada por algunos farmacéuticos para dispensar de forma correcta los preparados psicótropos, el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Albacete ha enviado una circular en donde explica las normas vigentes en materia de prescripción de estos fármacos. Así, el Real Decreto 2829/1977 de 6 de Octubre, por el que se regulan las sustancias y preparados medicinales psicótropos, en su artículo 17, establece que sólo se podrá dispensar un ejemplar de la especialidad farmacéutica prescrita por receta y que estas especialidades no podrán ir prescritas junto a otros preparados en el mismo documento".