BECAS PARA AMPLIACION DE FORMACION DE MEDICOS DEL I.C.O.M.A.

PREAMBULO

Este reglamento pretende recoger los requisitos básicos para la concesión de las Becas para ampliación de formación de Médicos así como revisar las condiciones y consideraciones que han estado vigentes hasta la actualidad adaptándolas a la realidad médica y colegial en la que nos encontramos. El Colegio de Médicos de Albacete sigue entendiendo que resulta una obligación ineludible del mismo el fomentar y favorecer todas aquellas actividades encaminadas al perfeccionamiento y formación de sus colegiados, desarrollando múltiples de actividades formativas que incluyan a la totalidad de los mismos.

PROCEDIMIENTO

La solicitud de la Beca se tramitará mediante escrito dirigido al Presidente del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Albacete

CONTENIDO y ADJUDICACION DE LAS BECAS

  1. La cuantía del importe anual a adjudicar para este concepto es de x Euros
  2. La concesión se podrá realizar a una sola persona o a varias según la evaluación de méritos que realice la Junta Directiva que es soberana en la valoración de los mismos

REQUISITOS PARA ACCEDER A LAS AYUDAS

  1. Ser Colegiado del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Albacete
  2. Estar al corriente de pagos de cuotas en el colegio
  3. Presentar Curriculum vitae actualizado hasta el día de la solicitud
  4. Memoria Económica de la actividad a becar
  5. Firma de compromiso de elaboración de una memoria Científica sobre la actividad a realizar o realizada (en el año de solicitud/concesión de la Beca)
  6. Carta de aceptación o informe del Servicio y Centro destinatario de la estancia formativa
  7. Informe favorable del Jefe de Servicio o Coordinador del Área

CRITERIOS DE ACEPTACION

  1. Se aceptarán solicitudes de becas para estancias formativas a desarrollar o desarrolladas en el año natural de la solicitud.
  2. Dichas estancias estarán referidas exclusivamente a complemento acreditado de la formación

BAREMOS

  1. Contenido del Proyecto: 0-40 puntos
  2. No haber recibido beca previa: 10 puntos
  3. Estar en periodo formación MIR: 20 puntos
  4. Estancias en extranjero: 20 puntos
  5. Evaluación memoria económica: 0-10 puntos

CRITERIOS DE CONCESION

  1. La adjudicación de las Becas se realizará en la primera reunión de la Junta Directiva del año natural siguiente a la solicitud de forma colegiada. El Voto de Calidad pertenece al Sr. Presidente.
  2. Se notificará al colegiado en quien recaiga la concesión de la Beca la obtención de la misma en espera de presentación de la Memoria Científica referida en el punto 4 de los Requisitos.
  3. El plazo de presentación de dicha memoria no será superior a 30 días
  4. En caso de incumplimiento de este requisito se procederá a asignar dicha Beca al segundo candidato en valoración o se dejará desierta acumulándose el montante económico para años venideros.
  5. Si la Junta Directiva no considerase apta ninguna solicitud o en caso de que no existiese ninguna solicitud, también se acumulará el importe de la Beca para años venideros
  6. Contra la resolución de la concesión de la Beca cabe reclamación según los principios reglamentarios vigentes en la Ley
Colegio Oficial de Médicos de Albacete
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